Este trámite permite actualizar el nombre del dueño de un inmueble en la base de datos de la Dirección Provincial de Catastro. Es un trámite estrictamente jurídico-dominial.
IMPORTANTE: Para que Catastro registre el cambio, la transferencia de la propiedad debe estar perfeccionada y publicada. Esto significa que la escritura debe estar inscrita definitivamente en el Registro de la Propiedad Inmueble (RPI). No se aceptan escrituras "en trámite".
El trámite se realiza de manera digital enviando la documentación por correo electrónico:
Para que el cambio sea aprobado, es obligatorio enviar:
La actualización en el sistema de Catastro mediante el envío por mail demora aproximadamente entre 5 y 10 días hábiles desde que se recibe la documentación correcta.
El envío del mail y la recepción de la documentación es gratuita. Sin embargo, el trámite está sujeto al pago de la Tasa Retributiva de Servicios correspondiente según la Ley Impositiva vigente.
¿Qué pasa si tengo Boleto de Compraventa, Cesión de Derechos o soy Heredero pero no tengo la escritura inscrita?
En estos casos NO corresponde el cambio de titularidad en Catastro. Lo que debés hacer es el Cambio de Responsable de Pago ante la Dirección Provincial de Rentas.